Ultimo primer día, desorden, jóvenes alcoholizados y ausencia policial en plaza Arenales.
BARRIO
Una costumbre que molesta y preocupa.
El lunes arranco un poco mas complicado de lo normal, especialmente para los vecinos cercanos a plaza arenales.

Jóvenes durmiendo en el piso, botellas de alcohol y basura por todos lados.
6/3/2018
Una costumbre que lleva ya varios años, consiste en que, se festeje el último primer día de clases, o sea el primer día del ultimo año.
Esto en años anteriores era alguna reunión inofensiva o alguna salida grupal, que al día de hoy, devino en jóvenes generando disturbios, tomando alcohol en lugares que según la ley, (24.788 ART. 4) no estaría permitido, cortando el transito y dejando a su paso, una estela de basura y desorden, ¿dónde quedó la juventud que solía ser mas inocente?, y si no, ¿dónde está la gente que se encarga de controlar o velar por los espacios públicos?
En este caso puntual, en la Plaza Arenales, siempre hay presencia policial, tanto a pie, en bicicleta como en patrulleros, pero ¿dónde estaban todos ellos en ese momento?

Según la policía, ellos tuvieron presencia como todos los días y noches, informan que de día hay mas presencia debido a los bancos y cajeros (sobre calle Nueva York),

¿llamar al 911 o a la comisaría?
Según nos informa la comisaría 45 de Villa Devoto, la forma correcta de solicitar personal policial es llamando primero al 911 y luego a la comisaría correspondiente, ya que del 911 los autorizan y ademas queda también allí registrado el llamado.

Ley 24.788
Articulo 4°-La prohibición regirá cualquiera sea la naturaleza de las bocas de expendio, ya sea que se dediquen en forma total o parcial a la comercialización de bebidas.
Queda prohibido el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública y en el interior de los estadios u otros sitios, cuando se realicen en forma masiva actividades deportivas, educativas, culturales y/o artísticas, excepto en los lugares y horarios expresamente habilitados por la autoridad competente.
Queda prohibido el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública y en el interior de los estadios u otros sitios, cuando se realicen en forma masiva actividades deportivas, educativas, culturales y/o artísticas, excepto en los lugares y horarios expresamente habilitados por la autoridad competente.