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Villa-Devoto

Rechazan un recuso de servicio penitenciario sobre un hábeas corpus presentado por detenidos.

BARRIO.
Noticias.
La Cámara Federal de Casación Penal rechazó un recurso presentado por autoridades del servicio Penitenciario Federal (SPF) contra la resolución que les ordenó mejorar las "condiciones de alojamiento que legalmente corresponden a los detenidos" en la ex cárcel de Villa Devoto.
Rechazan un recuso de servicio penitenciario sobre un hábeas corpus presentado por detenidos.
Un impacto que tendrá diferentes consecuencias.   
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3/4/14

La Sala Segunda del Tribunal declaró "mal concedido" el recurso de Casación interpuesto contra el fallo de la Sala Primera de la Cámara del Crimen que hizo lugar a un "hábeas corpus" presentado por una decena de alojados en el Complejo Penitenciario Federal de la ciudad de Buenos Aires.

En una resolución de diez carillas, a la que Télam tuvo acceso, los magistrados Alejandro Slokar, Angela Ledesma y Pedro David resolvieron "declarar mal concedido el recurso de casación deducido" por el prefecto Miguel Angel González, el subprefecto José Sabino Mercado, el alcaide Miguel Angel Perota y el adjutor Sergio Sosa.

"Si los jueces de la causa se han limitado a verificar la acreditación del perjuicio derivado del hecho de que no se brindan las condiciones de alojamiento que legalmente corresponden a los detenidos, solicitando a la administración que presente un plan de propuestas para subsanar la situación, debe rechazarse el recurso de casación interpuesto", dijeron los camaristas.

En esa línea añadieron que "lo resuelto cuenta con fundamentos jurídicos mínimos, necesarios y suficientes que impiden su descalificación y, por otra parte, el recurrente no demuestra la alegada injerencia por parte de los jueces en facultades propias del Servicio Penitenciario Federal".

La Cámara del Crimen, al hacer lugar al hábeas corpus de los reclusos, había reclamado a las autoridades del SPF "un plan de propuestas para el realojamiento de los internos que se encuentran en la fase de confianza del período de tratamiento con recomendación a régimen semiabierto o en el período de prueba en secciones independientes".



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